CAPITULO I
Disposiciones Generales
Art. 1° El servicio social es expresión de nuestra filosofía y misión. El universitario, al realizarlo, se inspira en los valores evangélicos para servir a las personas de los sectores sociales más necesitados con quienes comparte la educación que él ha recibido.
Art. 2° El servicio social universitario es requisito legal indispensable para obtener el título profesional. Debe realizarse satisfactoriamente, de conformidad con los lineamientos establecidos en el presente Reglamento. Este incorpora los requerimientos de la Secretaria de Educación y Cultura del Estado y de la Dirección General de Profesiones o de la oficina que haga sus veces para poder obtener el título y la cédula profesionales
Art. 3° El servicio social será coordinado por las áreas académicas de la Universidad La Salle Chihuahua, bajo la supervisión y autorización de la Dirección Académica de la propia universidad y de la Secretaría de Ecuación y Cultura del Gobierno del Estado..
Art. 4° La Universidad La Salle Chihuahua, a través de sus áreas académicas y bajo la supervisión y autorización de la Dirección Académica, celebrará convenios de colaboración con las instituciones o instancias del sector público facultadas legalmente para que el alumno pueda prestar satisfactoriamente su servicio social, de acuerdo con las normas legales respectivas.
CAPITULO II
De los Requisitos
Art. 5° Los alumnos de la Universidad La Salle Chihuahua deberán cumplir con los siguientes requisitos para estar en condiciones de iniciar su Servicio Social:
- Haber aprobado un mínimo del 70% de los créditos que contiene el plan de estudios de su carrera.
- Presentar al Coordinador del Área Académica correspondiente, la Carta de Asignación de Servicio Social debidamente firmada y autorizada por la Secretaría o Dependencia oficial que corresponda, así como por la Institución a la que se le prestará dicho servicio, debiendo anexarse a dicha Carta de Asignación un anteproyecto de servicio social en el cual se especificarán los siguientes aspectos:
a) La justificación del servicio debiendo ser congruente con el Ideario y Misión de la Universidad.
b) El objetivo del servicio.
c) Todos aquellos requisitos que la institución o dependencia receptora del servicio social considere indispensables.
III. Una vez analizados y aprobados la carta de asignación y el anteproyecto respectivo por parte de la Coordinación de Área Académica correspondiente y por DirecciónAcadémica, el servicio social podrá iniciarse.
IV. El alumno deberá cubrir el servicio social, sin goce de sueldo, en un número de horas que no podrá ser menor de 480 horas efectivas en un lapso mínimo de seis meses y un máximo de dos años. El número de horas por semana se determinará considerando las características especificas del plan de estudios y del programa al que este adscrito el alumno. Las interrupciones de la prestación del servicio social deberán ser del conocimiento de la Coordinación del Área académica y de la Dirección Académica, las que resolverán el cómputo o no de las horas aplicadas.
V. Deberá elaborar y presentar a la Secretaría o Dependencia oficial que corresponda, un informe final de actividades debidamente aprobado por el responsable o supervisor del servicio social de la institución receptora del servicio, debiendo constar en dicho informe la bitácora respectiva.
VI. Deberá presentar a la Coordinación de su Área Académica una evaluación mensual de la prestación de su servicio social realizada por el funcionario o persona autorizada por la institución beneficiaria.
VII. Deberá entregar a su Coordinación de Área respectiva, al término de su Servicio Social, una Constancia Oficial de Liberación del Servicio Social expedida por la instancia oficial correspondiente, previo beneplácito de la institución receptora del servicio, en la que conste de manera fehaciente que la prestación del servicio social se cumplió satisfactoriamente.
VIII. La Coordinación Académica correspondiente, por su parte, previo análisis y revisión de la documentación mencionadas en las fracciones anteriores, la remitirá para su consideración y aprobación, en su caso, de Dirección Académica para los efectos legales correspondientes.fffff
CAPITULO III
De los Derechos
Art. 6° Son derechos de los alumnos prestadores del servicio social los siguientes:
I.Obtener la autorización oficial por parte de la Universidad La Salle Chihuahua para realizar dicho servicio, una vez satisfechos los requisitos previos mencionados en el presente reglamento.
II. Elegir la institución del sector público en la que desee prestar su servicio social contando con el beneplácito de ésta así como con la autorización de la Secretaría o Dependencia que corresponda, mediante carta de asignación debidamente suscrita por el funcionario competente y facultado para ello.
III. Exigir a la institución receptora, la constancia que acredite la prestación satisfactoria del servicio social, una vez concluido éste.
IV. Obtener de la Secretaría o Dependencia que corresponda, la Carta Constancia de Liberación del Servicio Social en documentación oficial. Este es el documento que acredita legal y fehacientemente la prestación satisfactoria de dicho servicio social.
T r a n s i t o r i o s
PRIMERO Y ÚNICO.
El presente Reglamento entrará en vigor el día 22 de noviembre del 2001 y será de observancia obligatoria para los alumnos de la Universidad La Salle Chihuahua.


